Hablamos con Lorenzo Pérez Menéndez, presidente de la consultoría legal Fidelitis, especializada en derecho de la seguridad social y de discapacidades.
Esta vez analizaremos el nuevo Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público. ¿Se trata de un avance significativo? ¿En qué se materializan sus nuevas regulaciones? ¿Qué plazos tienen las empresas y entidades para aplicarlo y cómo podemos reclamar en caso de que nuestros derechos se vean vulnerados?
00:00 – Intro
01:05 – ¿Qué significa accesibilidad en términos legales?
01:40 – ¿A qué obligaba la ley hasta ahora en España en materia de accesibilidad?
02:03 – ¿Qué cambios introduce el nuevo Real Decreto sobre accesibilidad?
02:57 – ¿Existen diferencias en cuanto a la aplicabilidad de la nueva normativa en el ámbito privado respecto del público?
03:41 – ¿En qué se traducen a efectos prácticos estas medidas de accesibilidad?
05:42 – ¿Son mismas las exigencias a entidades mayores que a las menores?
08:40 – ¿Existen formas de denunciar el incumplimiento de la normativa?
11:36 – ¿Cómo se materializa la norma en los sectores de especial protección, como la banca o la sanidad?
16:59 – ¿Será legal cobrar entrada a personas acompañantes necesarias?
19:45 – ¿Puedo pedir al funcionario de la administración ayuda para rellenar un formulario por mí si tengo ceguera?
22:10 – ¿Y qué pasa en el sector privado? ¿Debe ayudarme el supermercado a navegar por él si lo necesito?
26:02 – Plazos de aplicación.
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También leer el artículo que hemos escrito en AMIRES sobre el Real Decreto de accesibilidad.